Seguro de
Sepelio

El seguro de sepelio es una cobertura especialmente pensada para acompañar a las familias en un momento tan delicado como lo es la pérdida de un ser amado. 

¿Qué cubre?

La cobertura es prestacional

La compañía se hará cargo de lo siguiente:

  • Traslados. El traslado de la persona fallecida se cubre hasta 30 km. En caso de superarse dicha distancia, se considerará una tarifa adicional.
  • Ataúd
  • Capilla Ardiente
  • Trámites
  • Servicio de Cafetería
  • Servicio de Ceremonia
  • Carroza Porta Coronas
  • Autos de acompañamiento
  • Licencia de Inhumación
  • Servicio de Ceremonia

Ante el fallecimiento del titular se debe notificar llamando al 0800 -555 -0037. Allí se les informará acerca de las alternativas para la prestación del servicio de acuerdo a la disponibilidad de oferta en la zona de residencia.

¿Qué no cubre?

  • Suicidio voluntario, salvo que el certificado individual de cobertura haya estado en vigor ininterrumpidamente por lo menos por un año completo, contado desde la vigencia del mencionado certificado.
  • Acto ilícito provocado deliberadamente por el asegurado.
  • Participación en empresa criminal.
  • Acto de terrorismo, cuando el asegurado sea partícipe voluntario.
  • Acto de guerra civil o internacional, guerrilla, rebelión, sedición, motín, terrorismo, cuando el asegurado hubiera participado como sujeto activo.
  • Acontecimientos catastróficos originados por la energía atómica.

Información adicional

Brinda directamente la prestación del servicio funerario, no es necesario gestionar reintegros posteriores.

Suma Asegurada: 5,5 SMVM

Los beneficiarios del asegurado fallecido acceden directamente al servicio, sólo con nombre y DNI del asegurado.

Cubre el servicio completo de gastos de fallecimiento por cualquier causa, incluso Covid-19.

El asegurado titular podrá incluir en el seguro al cónyuge y/o hijos.

Los hijos tendrán cobertura hasta alcanzar los 25 años, salvo los hijos incapaces que se encuentren legalmente a cargo del asegurado titular que podrán continuar asegurados incluso luego de cumplidos los 25 años.

Será requisito indispensable para la inclusión en el seguro del grupo familiar respectivo que el asegurado titular declare ante el tomador la identidad de los familiares incorporados al seguro y será responsable de su actualización en cada oportunidad en que se produzcan modificaciones en el grupo familiar declarado.

Condiciones de Contrataciones Generales

Ver documento

¿Querés saber más acerca de este producto?




    Contactanos

    Teléfono
    0341 440 9325

    Email
    [email protected]